Justificación


El motivo de la realización del blog es que, este sitio web es un medio de comunicación muy utilizado hoy en día, en este podemos estar actualizando su contenido constantemente, además los lectores pueden escribir sus comentarios y el autor darles respuesta, de forma que es posible establecer un diálogo, así aprendiendo nuevos conceptos y aprendiendo de todo lo que nos compete como ciudadanos, haciendo un enfoque en quienes ejercemos la profesión de comunicación social. 

¡BIENVENIDOS!


El Estado Colombiano y sus elementos

Estado obedece a un sujeto, momento histórico, actividades, organización y tiene elementos:

  • Población (No es un bien de nadie)
  • Territorio (No es un bien de nadie)
  • Poder Soberano
  • Nacionalismo
Orígenes
  • En Roma y Grecia, se dan las primeras civilizaciones. 
  • Para los Romanos las mujeres no podían votar.
  • En la época medieval eran Estados cristianos, aparece el fenómeno de la Inquisición y el movimiento de las cruzadas y la tierra es la principal actividad. 
  • Se dan los primeros Estados (los modernos): 
  1. El Estado Estamental
  2. Estado Absoluto
  3. Estado Liberal
  4. Estado de Derecho
Nuestro tipo de Estado es el Estado Social de Derecho. éste pertenece a al poder ejecutivo y es para hacer cumplir.

Al describir la estructura del Estado Colombiano, el artículo 113 de la Constitución alude a las tres ramas clásicas del poder público: legislativa, ejecutiva y judicial. 

Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, elaborar las leyes y ejercer el control político sobre el Gobierno y la administración del Estado. El Congreso estará integrado por el Senado y por la Cámara de Representantes. El Presidente de la República es jefe del Estado, jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El Gobierno Nacional está compuesto por el presidente, los ministros y los directores de departamentos administrativos. 

La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la nación y los jueces administran justicia. 

El Ministerio público y la Contraloría General de la República son órganos de control. Es ejercido por el procurador general de la nación, por el defensor del Pueblo, por los personeros municipales y por las figuras que determine la ley, y tendrá deber de guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, 
 
La Contraloría General de la República tiene como función la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración. El régimen electoral esta conformado por el Consejo Nacional Electoral y por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como todo lo relativo a la identidad de las personas. 
 



Conductas delictivas

Ley 599/2000 Conductas delictivas - Código Penal Colombiano

Esta ley, afirma que todos realizamos diferentes conductas o comportamientos y que para que sea un delito tiene 3 conductas que son las siguientes:

  • Típica: Que esté en la ley. Lo que no está en la ley está permitido. 
  • Antijurídico: Busca lesionar o poner en peligro un bien jurídico preservado, titulado.
  • Culpable: La persona tiene la plena conciencia, comprende y entiende. 
Estas conductas se le aplican a TODO ciudadano.
Estas 3 conductas tienen modalidades, básicas o generales que necesito. Las realizo con:

  • Dolo: la persona tenía plena conciencia de realizar el acto, sabía sus consecuencias, o planeó. 
  • Culpa: realizó la conducta. No tiene la querencia de realizarla pero la realizó, no tiene la pretensión de hacerlo.
  • Preterintención: Sabe que está haciendo daño pero nunca en su actividad fue con intención de hacerlo. 
Aspectos para tener en cuenta:
Tentativa: quería realizar la actividad pero no la efectuó.
Concurso: hacen varios delitos en uno, varias conductas en un mismo hecho.
Autores: Se les denomina su sanción según su participación.
Consumación: terminación total del hecho.
Ausencias de responsabilidad: por mandato de ley y en defensa propia.

Circunstancias de menor a mayor agravación

Inimputables: No hay culpabilidad

  • Inmadurez psicológica (menor de edad de 0 a 14 años), a los de 15 a 17 años se les aplica el Código del menor. "Menor infractor o menos en conflicto con la ley penal"
  • Hay circunstancias socioculturales que lo llevan a no conocer la norma: No entiende ni comprende la norma. 
  •  Enfermedad mental: por dictamen medico tiene enfermedad mental cuando realizó el acto. 
No será inimputable quien preordene su comportamiento, ejemplo: el que se emborracha y sabía que iba a manejar. 

De los delitos a lo particular

Delitos contra vida: homicidio, lesiones personales. 
Delitos contra la integridad: injuria y calumnia.

Conflicto regular: guerras contra otros países.
Conflicto irregular: conflictos internos del país.


Normatividad institucional respecto a la actividad como comunicador

Hay algunos elementos básicos que nos ayudarán a entender la normatividad, son los siguientes.

1. Generalidades: ejemplo, la propiedad privada, los principios fundamentales.
2. Bienes de uso público: que son inagenables, que no pueden pertenecer a usted, no son embargables, el Estado los domina.
Ejemplos de bienes públicos: El subsuelo, la órbita estacionaria, la tecnología y la información.

El Estado entrega a un particular, a un tercero, el bien de uso público, a través de unas figuras públicas:

  • Contrato (entre partes)
  • Licitación (hay una oferta)
  • Concesiones (hay acuerdo entre partes)
Ley 1341 de 2009 determina todo lo que tiene que ver con Sociedad de Información, con las TICS, y determina que los estudiantes de comunicación social somos miembros de la sociedad de la información. 

Además tiene políticos públicas: 
  1. Ordenamiento y conceptos generales: ejemplo, qué son las Tics. 
  2. Régimen de competencia: quién conocerá de? qué y a quién le compete? 
  3. Calidad y prestación de servicios
  4. Promoción y desarrollo de las tics
  5. Los usos e implementos para las redes, para las tics.
  6. Potestad del Estado. 
El decreto 639 de 1992 habla de las agencias noticiosas, que estas deben estar registradas, se les garantiza los derechos (libertad e independencia informativa).

La ley 182/95, la ley general de televisión, que expresa que la televisión en Colombia tiene una clasificación, tanto comercial, que es según los gustos del televidente, de interés público, que es social, educativa y cultural. 

La ley 1507/12, la autoridad nacional de televisión, encargada de vigilar la T.V.

La ley 37/93, de telefonía móvil, que fija la inversión extranjera que está regulada. 

El concepto de propiedad intelectual, ley 23/1982, que trata de los derechos de autor, que son morales y patrimoniales, además que la obras pueden ser artística, literarias, científicas, tecnológicos, musicales. Las obras serán de su autoría hasta 80 años después de su fallecimiento.


Reglamentación en el ejercicio de la profesión del comunicador y periodista



Constitucionalidad

El artículo 20 en la Constitución política de Colombia, establece el derecho a la libre expresión.
El artículo 26, dice que la actividad que yo realizo como comunicador es un principio y derecho fundamental. Que tengo como ciudadano el derecho a la libertad de escoger una profesión.
El artículo 73 manifiesta las garantías que da la constitución para la actividad periodística y el concepto de idoneidad que dice, cualquier persona tiene la capacidad de informar pero no cualquier persona tiene la idoneidad de hacerlo.

La ley 

La ley 51 de 1975 hace reconocimiento a la actividad periodística y a su protección.
Ley 1016 de 2006: Protección Laboral y Social de la Actividad Periodística. Por la cual se adoptan normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e independencia profesional.

Según la Constitución, en la actividad de comunicación social y periodismo, se debe cumplir ciertos aspectos:

  • Información: Que sea veraz, equilibrada y oportuna.
  • Fuentes de información: Se deben de analizar (quien es, que hace), la confrontación de esa información con estadísticas, datos...y su respectiva comprobación. 
  • La obtención de esa información: Tiene que ver con lo ético y lo legal. 
  • Citas y transcripciones: Quién es el autor de lo que dije (fuente) y  qué dijo. 
  • Las rectificaciones y replicas: Es cuando la información es falsa, errónea o incompleta.
  • Sensacionalismo: Es la vulnerabilidad de intimidad, dignidad, privacidad.





Responsabilidad penal en la profesión como comunicador

Procesos penales 

En Colombia se investigan las conductas delictivas y se inician procesos penales.

Sistema de responsabilidad penal. Ley 1098/2006 
En el Sistema de responsabilidad penal, se establece que NO se sancionan a los menores de edad y que se le devuelven los derechos.

El juez es quien tiene la facultad de imponer sancionar en cierto tipo de situaciones, hechos. 
En el Proceso general participan la Fiscalía que es quien acusa y el Defendido,quien tiene que defender el Sistema Nacional de Defensoría Pública.

Ley de Justicia y Paz. Ley 975 de 2005
La presente ley tiene por objeto facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Código de procesamiento penal. Ley 600 del 2000
Se le aplica a todos los delitos cometidos antes del 2004.

Código de procesamiento penal. Ley 906 del 2004
Todos los delitos cometidos después del 1 de enero de 2004 hasta la actualidad. 

La actuación procesal será pública. Tendrán acceso a ella, además de los intervinientes, los medios de comunicación y la comunidad en general. Se exceptúan los casos en los cuales el juez considere que la publicidad de los procedimientos pone en peligro a las víctimas, jurados, testigos, peritos y demás intervinientes; se afecte la seguridad nacional; se exponga a un daño psicológico a los menores de edad que deban intervenir; se menoscabe el derecho del acusado a un juicio justo; o se comprometa seriamente el éxito de la investigación.

Se debe manejar la presunción hasta que se dé un fallo. 

Cadena de custodia: Sistema documental que permite el manejo de las pruebas.
Contraversión: Usted puso en peligro pero no causó daño. 




Comunicación, educación y derecho

 Educar en la era planetaria

Su propósito fundamental es expresar los problemas de la especie humana generados por la escasa capacidad para comprender los fenómenos globales del planeta. Esta obra invita a repensar todos los aspectos que nos rodean, algunos de ellos son los siguientes:

  • La búsqueda del conocimiento necesita del error y del riesgo para que pueda surgir la reflexión y por medio de ésta se den los saberes. 
  • Las verdades no son eternas, tienen fecha de caducidad ya que necesitan responder a los nuevos fenómenos que surgen en la vida y para ello, la verdad está en constante reforma. 
  • El pensamiento complejo, es un pensamiento incompleto siempre abierto al cambio. 
  • Fenómenos como: Mundialismo, como aquel que busca la unidad, solidaridad, el bienestar de la comunidad desde nuevas políticas pensadas por y para el hombre. 
Educar en la era planetaria - Edgar Morin, Emilio Roger Ciurana y Raúl Domingo Motta.

Derecho alternativo para un país en crisis

El derecho es una forma de vida social y en cuanto tal, fluye en las relaciones sociales, haciendo a estas mas dinámicas y al derecho más vital. Se han presentado varias posiciones:

  • La estrictamente positiva: Centrada en el derecho del legislador, cerrado, hermético, reducido a los meros textos legales, orientado a decisiones que se acomodaron  los previamente prescrito en la norma. 
  • La concepción crítico - realista: Es una contestación a la escuela anterior. Concibe el derecho articulado con las realidades históricas, económicas, sociales, le asigna otros elementos extrajurídicos, se auxilia de otras disciplinas, asimila conceptos como ponderación, argumentación. 
  • Derecho alternativo: Su objetivo estará en establecer relaciones mas justas entre los seres humanos. Es un acto de construcción y de desarrollo de valores que ya están puestos por la afirmación de la libertad humana, de derecho a la vida, por la lucha de la repartición del producto social, por la reducción de la desigualdad y por la defensa del futuro del hombre preservándolo del ambiente y la naturaleza.
Derecho alternativo para un país en crisis - Francisco Javier Acosta



La Constitución como norma de normas y la pirámide jurídica

Sistema jerárquico normativo


1. Bloque constitucional: La norma interna la debemos adaptar a los pactos internacionales, a los tratados. 

2. Constitución Nacional de Colombia: Como norma de normas.
En su artículo cuarto, la Constitución es considerada como norma de normas y como tal, fuente indiscutible de derecho, al tener que desarrollarse todo el derecho con sujeción  a la ley fundamental, obligando a gobernantes y gobernados. 

3. La Ley: Que cumple 3 requisitos: Formal, orgánica y material. La ley que está escrita. La Ley que tiene un sentimiento. La que crea el Legislador. 
Abarca 2 aspectos:
Territorialidad: dominio de un territorio.
Competencia: Lo que le corresponde y a quien le corresponde.

4.Decretos con fuerza de ley:es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo.

5. Resoluciones, ordenes: Es una norma relativa a las disposiciones y resoluciones de los ministerios.

6. Decretos y ordenanzas: El Gobernador es quien representa al poder ejecutivo. Quien rige o crea es la Asamblea, que son los diputados. 

7. Decretos y acuerdos municipales: Los realiza el Alcalde de cada municipio. 

8. Actos administrativos: Actuaciones para regular las acciones de los ciudadanos. Lo regula la Constitución y la Ley. 

9. Fallos y sentencias judiciales:  La sentencia es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal.

Extraterritorialidad: Se llama extraterritorialidad a la ficción jurídica, admitida en Derecho internacional, por la cual un edificio o un terreno se considera en país extranjero, como una prolongación del país propietario, como en el caso de las embajadas, consulados, bases militares y, en ciertos aspectos, los buques.









Mecanismos para la preservación de derechos del ciudadano: Tutela, derecho de petición.

La tutela

¿Qué es la acción de tutela?
Es la garantía institucional, que tiene toda persona a la protección judicial de sus derechos fundamentales. Se encuentra regulada por la Constitución Política de 1991 en el artículo 86.

¿Por qué razón la tutela es un mecanismo subsidiario?
Únicamente procede cuando la persona afectada no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

¿Qué se debe entender por amenaza a los derechos fundamentales?
Una amenaza se representa por: Presentar inminencia o proximidad del riesgo, una actualidad del riesgo, una gravedad del riesgo, un grado de certeza, y una posición subjetiva de impotencia del actor para sufrir el riesgo.

¿Cuáles son los derechos fundamentales?
Son los derechos inherentes a la persona humana. Derechos por los cuales el individuo se defiende frente a las actuaciones de las autoridades publicas.
Se han elaborado distintas calificaciones, una de ellas es la que distingue 3 grupos de derechos humanos en generaciones.

Existen:

  • Derechos civiles y políticos, de la primera generación. 
  • Derechos económicos, sociales y culturales, forman la segunda generación.
  • Derechos de los pueblos, tercera generación. 


Derechos civiles y políticos: La protección del ser humano individualmente considerado.  Se destacan:  Derecho a la  vida, al honor, a la libertad, a la seguridad e integridad, a la seguridad personal, a la libertad de expresión, a elegir y ser elegido, a petición, al libre transito.

Derechos económicos, sociales y culturales:  Tienen como objetivo garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo,  a la educación y a la cultura, de la forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Derechos como: Derecho al trabajo, educación, salud, protección y asistencia a los menores y a la familia, vivienda, formar sindicatos, salud física y mental, seguridad social.

Los derechos de los pueblos: Buscan incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de los pueblos, en el marco de la igualdad jurídica de los Estados. Se constituye por: La autodeterminación, la independencia económica y política, la identidad nacional y cultural, la paz, la coexistencia pacifica, el entendimiento y la confianza, la cooperación internacional y regional, el medio ambiente, el patrimonio común de la humanidad, entre otros.

¿Qué puede hacer una persona cuando tiene algún derecho fundamental y está en la imposibilidad física de presentar una tutela? 
La persona afectada puede en su representación  solicitar el amparo ante el juez, cualquier persona.

 ¿Contra quién se dirige una acción de tutela?

  •      Autoridades públicas
  •      Contra particulares, en los siguientes eventos: 
  •      Cuando el particular esté encargado de la prestación de un servicio público.
  •      Cuando su conducta afecte grave y directamente a su interés colectivo. 
  •      Cuando el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión


Recordemos que la tutela: 

  • Lo define un Juez.
  • Es preferente y sumario: Deben responder en solo 10 días. 
  • Es por acción u omisión: Aplica cuando hacen o dejan de hacer.
Derecho de petición

¿Qué es un derecho de petición?
Es un derecho de carácter fundamental, se encuentra consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política y consiste en la facultad que tienen los ciudadanos de dirigirse a las autoridades, o servidores públicos de los distintos organismos administrativos, legislativos, judiciales, con miras a obtener una respuesta pronta, de fondo y oportuna sobre su pedimento.

¿Cómo se manifiesta el derecho de petición?
El derecho de petición se manifiesta a través de la queja, el reclamo, peticiones de información, consultas, bien sea verbales o escritas.

¿Cuáles son las características del derecho de petición? 
Es un derecho de toda persona, debe dirigirse a las autoridades, la administración debe responder con prontitud, la petición puede ser verbal o escrita, puede hacerse de manera individual o colectiva.

Qué requisitos deben contener las peticiones escritas?
De acuerdo con el artículo 5° del Código Contencioso Administrativo, las peticiones escritas deberán contener, por lo menos:

 • La designación de la autoridad a la que se dirigen; 
• Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección donde el destinatario de la solicitud pueda responderle;
 • El objeto de la petición; 
• Las razones en las que se apoya; 
• La relación de documentos que se acompañan; 
• La firma del peticionario cuando fuere el caso.
 
Recordemos que el derecho de petición:
Tiene la obligación de responder en 15 días hábiles aunque también se puede extender. 












La Constitución como norma de normas y la pirámide jurídica

Sistema jerárquico normativo


1. Bloque constitucional: La norma interna la debemos adaptar a los pactos internacionales, a los tratados. 

2. Constitución Nacional de Colombia: Como norma de normas.
En su artículo cuarto, la Constitución es considerada como norma de normas y como tal, fuente indiscutible de derecho, al tener que desarrollarse todo el derecho con sujeción  a la ley fundamental, obligando a gobernantes y gobernados. 

3. La Ley: Que cumple 3 requisitos: Formal, orgánica y material. La ley que está escrita. La Ley que tiene un sentimiento. La que crea el Legislador. 
Abarca 2 aspectos:
Territorialidad: dominio de un territorio.
Competencia: Lo que le corresponde y a quien le corresponde.

4.Decretos con fuerza de ley:es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo.

5. Resoluciones, ordenes: Es una norma relativa a las disposiciones y resoluciones de los ministerios.

6. Decretos y ordenanzas: El Gobernador es quien representa al poder ejecutivo. Quien rige o crea es la Asamblea, que son los diputados. 

7. Decretos y acuerdos municipales: Los realiza el Alcalde de cada municipio. 

8. Actos administrativos: Actuaciones para regular las acciones de los ciudadanos. Lo regula la Constitución y la Ley. 

9. Fallos y sentencias judiciales:  La sentencia es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal.

Extraterritorialidad: Se llama extraterritorialidad a la ficción jurídica, admitida en Derecho internacional, por la cual un edificio o un terreno se considera en país extranjero, como una prolongación del país propietario, como en el caso de las embajadas, consulados, bases militares y, en ciertos aspectos, los buques.









Concepto de derecho, conceptos jurídicos y filosóficos

Concepto de derecho, conceptos jurídicos y filosóficos 





Algunas revistas, textos y artículos sobre la división del derecho: 
file:///C:/Users/PERSONAL/Downloads/27226-24601-1-PB.pdf
http://rcientificas.uninorte.edu.co/index.php/derecho
https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad-derecho-mx/article/view/28685/25936