La Constitución como norma de normas y la pirámide jurídica

Sistema jerárquico normativo


1. Bloque constitucional: La norma interna la debemos adaptar a los pactos internacionales, a los tratados. 

2. Constitución Nacional de Colombia: Como norma de normas.
En su artículo cuarto, la Constitución es considerada como norma de normas y como tal, fuente indiscutible de derecho, al tener que desarrollarse todo el derecho con sujeción  a la ley fundamental, obligando a gobernantes y gobernados. 

3. La Ley: Que cumple 3 requisitos: Formal, orgánica y material. La ley que está escrita. La Ley que tiene un sentimiento. La que crea el Legislador. 
Abarca 2 aspectos:
Territorialidad: dominio de un territorio.
Competencia: Lo que le corresponde y a quien le corresponde.

4.Decretos con fuerza de ley:es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo.

5. Resoluciones, ordenes: Es una norma relativa a las disposiciones y resoluciones de los ministerios.

6. Decretos y ordenanzas: El Gobernador es quien representa al poder ejecutivo. Quien rige o crea es la Asamblea, que son los diputados. 

7. Decretos y acuerdos municipales: Los realiza el Alcalde de cada municipio. 

8. Actos administrativos: Actuaciones para regular las acciones de los ciudadanos. Lo regula la Constitución y la Ley. 

9. Fallos y sentencias judiciales:  La sentencia es una resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal.

Extraterritorialidad: Se llama extraterritorialidad a la ficción jurídica, admitida en Derecho internacional, por la cual un edificio o un terreno se considera en país extranjero, como una prolongación del país propietario, como en el caso de las embajadas, consulados, bases militares y, en ciertos aspectos, los buques.









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