Responsabilidad penal en la profesión como comunicador

Procesos penales 

En Colombia se investigan las conductas delictivas y se inician procesos penales.

Sistema de responsabilidad penal. Ley 1098/2006 
En el Sistema de responsabilidad penal, se establece que NO se sancionan a los menores de edad y que se le devuelven los derechos.

El juez es quien tiene la facultad de imponer sancionar en cierto tipo de situaciones, hechos. 
En el Proceso general participan la Fiscalía que es quien acusa y el Defendido,quien tiene que defender el Sistema Nacional de Defensoría Pública.

Ley de Justicia y Paz. Ley 975 de 2005
La presente ley tiene por objeto facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Código de procesamiento penal. Ley 600 del 2000
Se le aplica a todos los delitos cometidos antes del 2004.

Código de procesamiento penal. Ley 906 del 2004
Todos los delitos cometidos después del 1 de enero de 2004 hasta la actualidad. 

La actuación procesal será pública. Tendrán acceso a ella, además de los intervinientes, los medios de comunicación y la comunidad en general. Se exceptúan los casos en los cuales el juez considere que la publicidad de los procedimientos pone en peligro a las víctimas, jurados, testigos, peritos y demás intervinientes; se afecte la seguridad nacional; se exponga a un daño psicológico a los menores de edad que deban intervenir; se menoscabe el derecho del acusado a un juicio justo; o se comprometa seriamente el éxito de la investigación.

Se debe manejar la presunción hasta que se dé un fallo. 

Cadena de custodia: Sistema documental que permite el manejo de las pruebas.
Contraversión: Usted puso en peligro pero no causó daño. 




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